INFORMACION IMPORTANTE DE LA OPOSICION

Bases generales para el ingreso a la PL de la Comunidad de Madrid
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REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

El acceso a la categoría de Agente se realizará por oposición en convocatoria libre, según principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria, que serán como mínimo las siguientes:

       Ser español.

  1.        Haber cumplido los 21 años y no superar los 30 antes de la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias para tomar parte en las oposiciones. (no podrán tomar parte en el proceso selectivo aquellos aspirantes que tengan cumplidos 30 años el día de la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias).
  2.        Estar en posesión del titulo de Graduado Escolar, Formación Profesional de Primer Grado o equivalente, expedidos por el Ministerio de Educación y Cultura con arreglo a la legislación vigente, o en condiciones de obtenerlo.
  3.        Cumplir las condiciones físicas y psíquicas exigibles para ejercer adecuadamente las correspondientes funciones.
  4.        No haber sido separado del servicio en virtud de expediente disciplinario de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública.
  5.        Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
  6.        Tener una estatura mínima de 170 centímetros los hombres y de 165 centímetros las mujeres.
  7.        Acreditar la aptitud física precisa mediante la presentación de un certificado médico extendido en impreso oficial y firmado por un Colegiado en ejercicio, en el que se haga constar expresamente que el aspirante reúne las condiciones físicas y sanitarias necesarias y suficientes para la realización de las Pruebas físicas que figuran especificadas en la fase de oposición respecto a la segunda prueba de la fase de oposición, así como las determinaciones exigidas respecto a la talla de los aspirantes.
  8.        No se admitirán certificados que no se ajusten en su redacción, a estos conceptos. Este Certificado médico no excluye la obligación de los aspirantes de someterse al preceptivo reconocimiento médico a que se refiere la Base fase de oposición respecto a la cuarta prueba de la fase de oposición.
  9.        Estar en posesión de los permisos de conducir de las clases A2 con una y clase B con la autorización para conducir vehículos prioritarios (B.T.P.) o equivalentes.

 

Estos requisitos son necesario para participar en la oposición, no para prepararse en la Academia, pudiendo estar en período de preparación y obteniendo algún requisito, a fin de ganar tiempo y poder presentarse antes a las oposiciones.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

TEMARIO DE LA OPOSICIÓN

I. GRUPO DE MATERIAS COMUNES.  

   

TEMA 1.La Constitución Española de 1978: estructura y contenido. Principios constitucionales básicos. Los Derechos y Deberes fundamentales. Las libertades públicas. La Corona. Las Cortes Generales: Funciones y régimen de funcionamiento. El Poder Ejecutivo: composición y funciones. El Gobierno y la Administración.

 

TEMA. 2 El Poder Judicial. Regulación Constitucional de la Justicia. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo.

 

TEMA 3 .La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. La Administración Local: Concepto y entidades que comprende. Legislación del régimen local. El municipio: Concepto y elementos. La organización municipal. Competencias de las Entidades Locales y órganos de gobierno: El Alcalde, el Pleno y la Comisión de Gobierno. La Hacienda Pública y la Administración Tributaria local: Principios generales.

 

TEMA 4 La Administración y el Derecho. Las fuentes del Derecho administrativo. El principio de legalidad. El procedimiento administrativo: Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Fases del procedimiento administrativo. La potestad reglamentaria. El Reglamento: Concepto y clases. Recursos administrativos y jurisdiccionales.

 

TEMA 5  El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid. Asamblea y Gobierno Regional.

 

 

II. GRUPO DE MATERIAS ESPECÍFICAS.

  

 

TEMA 1  La Policía Local: Concepto y naturaleza. Funciones y principios básicos de actuación.  
TEMA 2  Régimen estatutario de la Policía Municipal de Madrid. Derechos y Deberes. Régimen disciplinario aplicable.

 

TEMA 3 La Ley 4/1992, de 8 de julio, de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid: La coordinación entre Policías Locales. Régimen Jurídico de los Cuerpos de Policía Local: Organización y estructura. Régimen de selección y promoción.

 

TEMA 4  Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid: Disposiciones Generales. Estructura y Organización de los Cuerpos de Policía Local. Acceso a los Cuerpos de Policía Local. Promoción Interna y Movilidad. La Formación de las Policías Locales. Uniformidad y Equipo.

 

TEMA 5  Requisitos reglamentarios para circular respecto a los conductores: Permisos y licencias de conducción. Requisitos respecto a los vehículos. Matrícula, documentación, alumbrados, señalización, accesorios, repuestos y herramientas. La Inspección Técnica de Vehículos.

 
TEMA 6 . El ejercicio y la coordinación de las competencias sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Especial referencia a las competencias del Ayuntamiento de Madrid.

 

TEMA 7 Accidentes de tráfico: Concepto y clases de accidentes de tráfico. Actuaciones respecto a los ocupantes, tráfico, público y heridos.

 

TEMA 8 Señalización. Normas Generales sobre señales. Tipos y clases. Descripción y significado de las señales. El control automático de tráfico.

 

TEMA 9 Las multas municipales: Concepto y clases. El Procedimiento sancionador en materia de tráfico. Inmovilización y retirada de vehículos de la vía pública.

 

TEMA 10 Regulación de la alcoholemia y la conducción bajo influencia de estupefacientes en materia de seguridad vial.

 

TEMA 11 La Policía Local como servicio público. Colaboración con otros servicios públicos municipales. La Policía Local y la Seguridad Pública. La Protección Civil y la Seguridad Ciudadana: su relación con la Policía Local.

 

TEMA 12 Consideraciones generales sobre derecho penal. Principios y normas fundamentales. El delito y la falta. Jurisdicción y competencias de los Juzgados y Tribunales.

 

TEMA 13 La Policía Municipal y la aplicación de las Ordenanzas y Reglamentos del Ayuntamiento de Madrid. Especial Referencia a las Ordenanzas Fiscales y a la Ordenanza General de Protección del Medio Ambiente.

 

TEMA 14 Regulación en las Ordenanzas y bandos municipales de la utilización de las vías públicas, de los espacios de dominio público y del transporte.

 

TEMA 15 El fenómeno de la marginación. Causas, efectos y problemática social. Los inmigrantes extranjeros.

 

TEMA 16 El problema de la droga en la sociedad actual. Sus repercusiones en la seguridad ciudadana. Instrumentos de apoyo al drogodependiente.

 

TEMA 17 La seguridad ciudadana y la delincuencia juvenil. Características, causas y efectos.

 

TEMA 18 El modelo policial español. Funciones y competencias de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, de las Policías Autonómicas y de las Policías Locales. Relaciones entre las diferentes Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Las Juntas Locales de Seguridad.

 

 

TEMA 19 Evolución Urbana de Madrid. Madrid antiguo. Madrid de los Austrias y Borbones. Los Ensanches. La Expansión metropolitana. El nuevo Madrid: El Plan General de Ordenación Urbana.

 

TEMA 20 El municipio de Madrid. Principales calles, plazas parques, edificios públicos, monumentos, así como principales vías de acceso al término municipal. Rasgos más destacados de su historia, geografía y cultura.

 

Nota: Todos estos temas podrán ser complementados con otros que la academia y/o profesor consideren oportuno y necesarios para vuestra mejor preparación.

 

 

 

FASES DE LAS PRUEBAS

 

  • Primera prueba (test psicotécnico y de personalidad) Calificación “apto” o “no apto”.
  • Segunda prueba (aptitud física).
    • Carrera de velocidad (60 metros)
    • Carrera de resistencia 800 metros.
    • Lanzamiento de balón medicinal.
    • Salto longitud.
    • Natación (25 metros).
  •  Tercera prueba (conocimientos). Pudiendo consistir en:
    • Contestar por escrito 2 temas completos extraídos al azar.
    • Contestar por escrito 5 epígrafes del temario, extraídos al azar.
    • Contestar por escrito un test de un máximo de 100 preguntas cortas.
  • Cuarta prueba. Reconocimiento médico. Calificación “apto” o “no apto”.

 

 

 

 

 

 

Sistema de calificación pruebas físicas

Primer ejercicio. Velocidad

Segundo ejercicio. Resistencia

Tiempo-puntos

Tiempos- puntos

(Hombres)

(Mujeres)

(Hombres)

( Mujeres )

11"o más= 0

12" 50 o más = 0

3´45" o más= 0

4´25" o m.as= 0

10" 78=1

12" 08= 1

3´34" = 1

4´14"= 1

10" 36 = 2

11" 66 = 2

3´23" = 2

4´ 03"= 2

9" 94= 3

11" 24 = 3

3´12" = 3

3´ 52" = 3

9" 52 = 4

10" 82 = 4

3´01"= 4

3´ 41" = 4

9" 10= 5

10" 40 = 5

2´  50" = 5

3´ 30"= 5

8" 68= 6

9" 98 = 6

2´ 39" = 6

3´19" = 6

8" 26= 7

9" 56 = 7

2´ 28" = 7

3´08" = 7

7" 84= 8

9" 14 = 8

2´ 17" = 8

2´ 57" = 8

7" 42 = 9

8" 72 = 9

2´06" = 9

2´ 46"= 9

7"  0 o menos= 10

8" 30 o menos = 10

1´ 55" o menos = 10

2´35" o menos = 10

 

 Tercer ejercicio. Balón medicinal

 Cuarto ejercicio. Salto longitud

Metros-puntos 

                           Metros- puntos

(Hombres)

(Mujeres)

 (Hombres)

( Mujeres )

0,50 m o menos= 0

 0,50 m o menos = 0

3´45" o más= 0

4´25" o m.as= 0

 1,50 m=1

1,50 m = 1

3´34" = 1

4´14"= 1

 2,50 m= 2

2,50 m = 2

3´23" = 2

 4´ 03"= 2

 3,50 m= 3

3,50 m = 3

3´12" = 3

3´ 52" = 3

 4,50 m= 4

4,50 m = 4

3´01"= 4

3´ 41" = 4

5,50 m= 5

5,50 m = 5

2´  50" = 5

3´ 30"= 5

6,50 m= 6

6,50 m= 6

2´ 39" = 6

3´19" = 6

7,50 m = 7

7,50 m = 7

2´ 28" = 7

3´08" = 7

8,50 m = 8

8,50 m = 8

2´ 17" = 8

2´ 57" = 8

9,50 m = 9

9,50 m  = 9

2´06" = 9

2´ 46"= 9

10,50 m o más= 10

10,50 m o más = 10

1´ 55" o menos = 10

2´35" o menos = 10

 

 

 

 

 

 

 

 Quinto ejercicio. Natación

Tiempos-puntos 

(Hombres)

(Mujeres)

38" o más= 0

 40" 0 o más= 0

 35" 2 =1

37" 2  = 1

 32" 4 = 2

34" 4 = 2

 29" 6= 3

31" 6  = 3

26" 8 = 4

28" 8  = 4

24" 0 = 5

26"0 = 5

21" 2 = 6

23" 2 = 6

18" 4  = 7

20" 4  = 7

15" 6  = 8

17" 6  = 8

12" 8 = 9

14" 8 = 9

10," 0 o menos= 10

12" 0 o menos = 10

 

 

¿Qué hay que saber de la oposición?


Una vez se  publica el anuncio en el B.O.E, hay un plazo de 20 días naturales o hábiles (según indique) para presentar las instancias.

El ayuntamiento facilitará un modelo de solicitud (a través de su página web o en el mismo ayto)

DIFERENCIA ENTRE DÍA HABIL Y DÍA NATURAL
Los Días naturales son todos los días. 
Los Días hábiles son los días en los que no cuentan los domingos y festivos (hay que tener en cuenta que los sábados son laborables y por lo tanto siguen siendo hábiles). 

Después de  echar las instancias y tras un tiempo de espera (variable), se publicaran las listas provisionales en el boletín de la comunidad (BOCM). En este boletín saldrá si estas admitido o excluido. Si estas excluido provisionalmente te indicaran el porqué (Por ej: No echar la instancia correctamente, falta documento, no cumples la edad) e indicarán el plazo para subsanación (normalmente 10 días aunque pueden ser 5 días por procedimiento de urgencia según la ley). 

Tras el plazo de corrección de errores, se publicaran las listas definitivas junto con la fecha de la primera prueba, a no ser que ya venga indicada en las listas provisionales.

El plazo entre prueba y prueba es de un mínimo de 5 días y máximo de 45, pero es un plazo que no tiene porque cumplirse (puede ser de un día para otro, o incluso pasar de una a otro prueba mas de 3 meses).


 

 

Desarrollo de las pruebas selectivas

 

Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas se publicarán en el tablón de edictos de la Corporación con doce horas, al menos, de antelación al comienzo de la prueba, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas si se trata de uno nuevo, así como por cualquier otro medio, si se juzga conveniente, para facilitar su máxima divulgación.

El orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra que resulte del sorteo público celebrado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública para el año correspondiente a que se refiere el artículo 17 del R.D. 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado.

En cualquier momento, los miembros del Tribunal podrán requerir a los opositores la acreditación de su identidad. En la corrección y calificación de los ejercicios deberá garantizarse, siempre que sea posible, el anonimato de los aspirantes.

 

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo en los casos alegados y justificados con anterioridad a la realización del ejercicio, los cuales serán libremente apreciados por el Tribunal. A los efectos previstos en este apartado, el llamamiento se considerará único, aunque haya de dividirse en varias sesiones la realización del ejercicio que así lo requiera, debiendo asistir los aspirantes a la sesión a la que hayan sido convocados.

Desde la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 48 horas. 

 

 

CUADRO DE INUTILIDADES CON RELACIÓN A LA APTITUD FÍSICA PARA EL INGRESO EN LO CUERPOS DE POLICÍA LOCAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID  A TRAVÉS DE LA CATEGORÍA DE POLICÍA

1.      Talla mínima:

a.      Mujeres: 1,65 metros.

b.      Hombres: 1,70 metros.

2.      Relación Peso-talla:

a.      2.1.- El peso máximo admitido se deduce de la siguiente fórmula:

1.      P = ( T - 100 ) + 20

b.      2.2.- El peso mínimo admitido se deduce de la siguiente fórmula:

1.      P = ( T - 100 ) - 20

Donde:

P = Peso expresado en kilogramos y T = Talla expresada en centímetros.

3.      Exclusiones circunstanciales.

Enfermedades o lesiones agudas de solución médica o quirúrgica, activas en el momento del reconocimiento, que potencialmente puedan producir secuelas capaces de dificultar, limitar o impedir el desarrollo de las funciones exigidas para el puesto solicitado.

En tales casos, el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas, con las asesorías necesarias, podrá fijar un nuevo plazo para comprobación del estado del aspirante al final del cual la asesoría médica certificará si persiste la situación, si han quedado secuelas o han desaparecido los motivos de exclusión circunstancial.

4.      Exclusiones definitivas de carácter general.

Enfermedades o alteraciones de cualquier aparato o sistema con posible repercusión sobre las realizaciones específicas del puesto a que opta, o que puedan agravarse con el desempeño del mismo.

5.      Exclusiones definitivas de carácter específico.

a.      Ojo y Visión.

1.      Agudeza visual espontánea remota inferior a 2/3 en ambos ojos, con o sin corrección, según la escala de Wecker.

2.      Hemianopsias

3.      Discromatopsias

4.      Desprendimiento de retina

5.      Estrabismo

b.      Oído y audición.

c.       Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios, o de 4.000 hertzios a 45 decibelios.

 

d.      Hipertensión arterial, prescindiendo de su causa. Las cifras de presión arterial tomadas con el sujeto en reposo y sentado, no deberán ser superiores a:

e.      Presión sistólica: 145 mm/Hg

f.        Presión diastólica: 90 mm/Hg

g.      La comprobación de los datos clínicos a que hace referencia este cuadro se hará sólo y exclusivamente en el centro médico y por el Tribunal médico designado al efecto, y sus resultados siempre han de referirse al momento de la exploración. 

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